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3 junio, 2020 a las 6:41 pm
#5044
Siany Villalobos
Participante
Hola Silvia efectivamente en el capitulo VIII del Código Municipal encontramos la referencia a los Concejos de Distrito,algunas funciones las encontramos en el art . 57 del Código Municipal, igualmente tienen la responsabilidad de planificar con participación de sus vecinos(as), rendir cuentas y definir los proyectos de partidas específicas( ley 7755), entre otras. Saludos.