Inicio Foros Gestión distrital del desarrollo Mi distrito Respuesta a: Mi distrito

#4893
Siany Villalobos
Participante

Excelente Andrés algunas funciones de los Concejos de Distrito las encontramos en el art . 57 del Código Municipal, igualmente tienen la responsabilidad de planificar con participación de sus vecinos(as), rendir cuentas y definir los proyectos de partidas específicas, entre otras. Deben realizar sesiones para tomar los respectivos acuerdos como órgano colegiado.