Inicio Foros Gestión distrital del desarrollo Mi distrito Respuesta a: Mi distrito

#4892
Siany Villalobos
Participante

Hola Sharon algunas funciones de los Concejos de Distrito las encontramos en el art . 57 del Código Municipal, igualmente tienen la responsabilidad de planificar con participación de sus vecinos(as), rendir cuentas y definir los proyectos de partidas específicas, entre otras. Los concejos de distrito deben realizar sesiones al igual que el concejo municipal, como órgano colegiado sus decisiones deben ser tomadas mediante acuerdos.