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Buenas noches mi nombre es Mariela Grijalba Salas, concejal propietaria, y pertenezco a la provincia de San José, cantón de Desamparados, distrito de San Rafael Abajo, por lo cual es el distrito número 11 de Desamparados y fue fundado en el año 1968 se ubica en el norte del cantón y cuenta con una extensión territorial de 2,01km2
El distrito limita; al norte con el cantón de San José, al oeste con el cantón de Alajuelita, al sur oeste con el distrito de San Juan de Dios,al sureste con el distrito de San Rafael Arriba y al Este con el distrito de Desamparados.
Tengo de vivir en el distrito de San Rafael Abajo 34 años y lo que me gusta de mi distrito es que es un pueblo con muchas costumbres del tiempo de los abuelos y la gente con su cultura del saludo y su ida a los domingos a misa y compartir con el pueblo, y muchas cosas más lo que cambiaría ahora hora en estos tiempos es la costumbre que se tuvo en los tiempos de mi crianza para la juventud de ahora porque se ha perdido mucho y crear muchas cosas para el distrito y generar la participación del pueblo del distrito para cuando se realicen obras comunales se tome en cuenta la población para que participe en cualquier proyecto que se realice en el distrito.
El Sindico es el encargado de vigilar y defender los intereses municipales y de representar jurídicamente al Ayuntamiento, desde esta óptica es el Abogado del Municipio el que vigila además los asuntos de la hacienda pública municipal, su ejercicio hoy por hoy es trianual.
El Consejo de distrito;reglamentar las funciones y la eficiencia prestación de servicios a cargo del municipio. 2.Adoptar los correspondientes planes o programas de desarrollo económico y social y obras públicas. 3.Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer temporalmente precisas funciones de las que corresponde del concejo. 4.Votar de conformidad con la constitución y la ley los tributos y gastos locales. 5.Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el impuesto de rentas y gastos municipales. 6. Determinar la estructura de administración municipal y las funciones de sus dependencias, las escalas de remuneración correspondiente a distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde estableciendo públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta. 7.Reglamentar los usos del suelo y dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda. 8.Elegir personero para el periodo que fije la ley y los demás funcionarios que determine. (también se elige secretario general del concejo y contralor). 9.Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.