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27 mayo, 2020 a las 9:53 pm
#4756
Siany Villalobos
Participante
Hola Guillermo algunas funciones de los concejos de distrito las encontramos en el art . 57 del Código Municipal, igualmente tienen la responsabilidad de planificar con participación ciudadana, rendir cuentas y definir los proyectos de partidas específicas, entre otras. Los síndicos (as) y concejos de distrito, no tienen como función la juramentación de las juntas de educación, es una competencia del presidente (a) municipal. Saludos.