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27 mayo, 2020 a las 6:41 pm
#4708
Siany Villalobos
Participante
Saludos don Eddy, excelente homologación entre Concejo Municipal y el Concejo de Distrito ambos funcionan como órganos colegiados, sin embargo las funciones del sindico y el alcalde(sa) son diferentes, aun cuando ambos asistan con voz y sin voto al Concejo Municipal, el alcalde tiene derecho al veto y el síndico (a) si tiene voz y voto en el Concejo de Distrito. El alcalde(sa) es representante legal de la municipalidad, administrador y ejecutor.