Introducción
La tercera Unidad ha sido diseñada en respuesta a dos funciones del Concejo de Distrito, definidas en artículo 57 del Código Municipal, a saber: c) Proponer al Concejo Municipal la forma de utilizar otros recursos públicos destinados al respectivo distrito, y f) Servir como órganos coordinadores entre actividades distritales que se ejecuten entre el Estado, sus instituciones y empresas, las municipalidades y las respectivas comunidades.
En virtud de este mandato, esta Unidad aborda el tema de la gestión del financiamiento de Proyectos de Desarrollo Local, considerando la necesidad de que las personas del Concejo cuenten con información y herramientas para realizar dichas funciones.
Los distritos cuentan con recursos económicos limitados, pero requieren ejecutar obras e inversiones para avanzar, de aquí la importancia de desarrollar capacidades para apoyar la movilización de fondos. La gestión del financiamiento es un proceso, que inicia con la elaboración del presupuesto del proyecto, la búsqueda de financiamiento, la ejecución y finaliza con la presentación de resultados. En cada etapa el papel del Concejo de Distrito varía, ya sea recomendando el uso de recursos para proyectos concretos o coordinando con otros actores locales la canalización de fondos hacia las comunidades. Es una labor fundamental que requiere de capacidades y habilidades específicas.